Bienvenidos al BLOG creado por Epifanio Quirós. FOL, ECONOMÍA, EIE, RET. FOL-IESFOL: 10 DE DCIEMBRE: DÍA INTERNACIONAL DE LOS DDHH

10 DE DCIEMBRE: DÍA INTERNACIONAL DE LOS DDHH

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

No obstante, siguen cometiéndose infinidad de violaciones a estos principios rectores de la convivencia entre personas. Ojalá que contribuyamos, desde aquí, a que ser respete más y mejor.

Todo el articulado es importante. Aquí pongo los más representativos para nuestra materia de FOL.


Artículo 6.


•Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.


Artículo 23.


•1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

•2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

•3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

•4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.


•Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.


•1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

•2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

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